CONVOCATORIA GENERAL DE BECAS 2024-02

Con base en la cláusula 46 del Contacto Colectivo de Trabajo vigente y a los Lineamientos Generales para el Otorgamiento de Becas, mediante los cuales la Red de Transporte de Pasajeros de la Ciudad de México contribuye a brindar a las y los trabajadores, así como a sus hijas e hijos, un apoyo para que puedan continuar, permanecer y concluir con su formación académica, la Comisión Mixta de este Organismo:

BECAS 2024-02

CONVOCA:


A LAS Y LOS TRABAJADORES DE BASE, ASÍ COMO A SUS HIJAS E HIJOS QUE REALICEN ESTUDIOS DE NIVEL MEDIO SUPERIOR, SUPERIOR, MAESTRÍA Y/O DOCTORADO, INCLUSIVE A LAS O LOS TRABAJADORES QUE SE ENCUENTREN TOMANDO CAPACITACIÓN, ACTUALIZACIÓN O ESPECIALIZACIÓN EN TEMAS RELACIONADOS CON SUS ACTIVIDADES LABORALES, A PARTICIPAR POR UNA BECA DURANTE EL SEGUNDO PERIODO 2024, CONFORME A LAS SIGUIENTES:

 

BASES DE PARTICIPACIÓN

 

PRIMERA: Podrán participar como candidatos a obtener una beca escolar para el segundo período de becas correspondiente a los meses de septiembre de 2024 a febrero de 2025, todas aquellas y aquellos trabajadores de base o los hijos e hijas de éstos, que cuenten con antigüedad mínima de 1 año cumplido y se encuentren activos al momento de publicación de la presente convocatoria y durante las gestiones correspondientes hasta el otorgamiento.

 

SEGUNDA: El aporte económico brindado por la Red de Transporte de Pasajeros de la Ciudad de México a los estudiantes, estará supeditado al número de aspirantes que den cumplimiento a todos los requisitos y tiempos estipulados en la presente Convocatoria.

TERCERA: La beca solo aplicará para los estudios realizados en instituciones públicas o privadas reconocidas por la Secretaría de Educación Pública (SEP), universidades autónomas, y/o entidades con certificaciones avaladas por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS).


REQUISITOS


CUARTA: Las y los aspirantes para realizar el trámite deberán dar cumplimiento a los requisitos siguientes:

Ser trabajador activo, al momento de realizar la solicitud y tener como mínimo un año continúo prestando sus servicios en el Organismo.

Las trabajadoras y los trabajadores deben contar con un promedio comprobable de 8.0 (ocho punto cero) como mínimo, en el último periodo lectivo cursado (acorde al plan de estudios de la institución escolar).

Las hijas y los hijos de los trabajadores deben acreditar un promedio mínimo de 9.0 (nueve punto cero) en el último periodo lectivo cursado (acorde al plan de estudios de la institución escolar).

Ser alumno regular conforme a su plan de estudios vigente.

Plan o programa completo de estudios vigente, con reconocimiento oficial de la institución educativa donde estén cursando los estudios.

Documento con validez oficial (deberá incluir código QR leíble o en su ausencia, original de la firma y sello de la Institución), que certifique el promedio y materias cursadas durante el último periodo concluido. Pudiendo entregar cualquiera de los siguientes:

  • Última boleta de calificaciones.
  • Historial académico o Kardex actualizado al ciclo lectivo concluido.
  • Constancia de estudios donde la Institución Educativa acredite las materias y fechas del último periodo lectivo cursado, así como promedio obtenido en el mismo.

Documento oficial que acredite la inscripción (deberá incluir código QR leíble o en su ausencia originales de la firma y sello de la Institución). Pudiendo entregar cualquiera de los siguientes:

  • Factura o recibo de pago por inscripción del periodo escolar a cursar.
  • Papeleta de inscripción emitida por la escuela, con sello y firma de la misma.
  • Constancia de inscripción donde la Institución Educativa acredite las fechas del siguiente ciclo a cursar.

Copia de credencial emitida por el Organismo y/o por el Sindicato vigente.

En caso de que el aspirante a beca sea hija o hijo de trabajador, además de todos los documentos mencionados en los puntos anteriores, se deberá incluir también, acta de nacimiento, acta de adopción o documento que compruebe la filiación del trabajador con el aspirante a beca. 


DEL LLENADO DE SOLICITUD Y ENTREGA DE EXPEDIENTES


QUINTA. La recepción de solicitudes de beca y entrega completa de documentos será a partir del 20 de agosto al 17 de septiembre de 2024 (Este periodo es improrrogable); es importante señalar que el sindicato aceptará los documentos para el otorgamiento de Becas, y los entregará al organismo. Lo anterior en estricto apego al artículo 132, fracción XIV de la Ley Federal del Trabajo.

SEXTA: El incumplimiento de alguno de los requisitos o condiciones de la presente convocatoria, así como de cualquier irregularidad que la/el aspirante cometa durante su participación en este proceso, traerá como consecuencia la cancelación de su registro como aspirante.

SÉPTIMA: La Comisión Mixta se reserva el derecho de verificar, sin excepción alguna y en cualquier momento, la identidad de las/os aspirantes presentadas/os, así como la validez de los documentos entregados.

OCTAVA: Será cancelado el registro de toda/o aspirante que sea suplantada/o, que proporcione datos o información falsa o exhiba documentos falsos o fraudulentos, además de que se procederá conforme el marco jurídico y normativo aplicable.


RESULTADOS


NOVENA: Para determinar a las y los candidatos que obtendrán la beca, las solicitudes y documentación serán evaluadas por la Comisión Mixta conforme la normativa aplicable, así como las presentes bases citadas en esta convocatoria, por tal motivo el llenado de la solicitud NO garantiza el otorgamiento de la beca.

DÉCIMA: Los resultados y nombres de los becarios, serán publicados en la página oficial del Organismo (https://www.rtp.cdmx.gob.mx/) el 19 de septiembre de 2024.

ONCEAVA: El recurso de la beca será pagado mediante cheque nominativo al Becario, el cual deberá recogerlo en la Caja General de oficinas centrales, ubicada en el 5° piso de la calle Versalles número 46, colonia Juárez, Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06600, Ciudad de México; en un horario de lunes a jueves de 09:00 a 18:00 horas y los días viernes de 09:00 a las 15:00 horas.

DOCEAVA: Será motivo de CANCELACIÓN del trámite y/o la beca:

  • Cuando las o los interesados no cumplan con alguno de los requisitos señalados en la BASE CUARTA de la presente convocatoria.
  •  
  • Cuando sean detectadas inconsistencias en la integración del expediente o la información reportada, lo anterior de conformidad a la señalado en la BASE SEXTA, SEPTIMA Y OCTAVA de la presente convocatoria.
  •  
  • El Incumplimiento por parte del becario, de las obligaciones establecidas en los Lineamientos Generales para el Otorgamiento de Becas vigentes.
  • El término de la relación laboral del/la trabajador(a) con el Organismo. Ésta causa de cancelación aplicará también respecto de la beca otorgada al hijo o hija del trabajador cuya relación laboral finalice.


TRANSITORIOS 


PRIMERO: El trámite de la Beca es gratuito.

SEGUNDO: Los casos no previstos en la presente convocatoria serán resueltos por la Comisión Mixta para el otorgamiento de Becas.

TERCERO: Las y los Becarios estarán sujetos a los derechos y obligaciones establecidos en los Lineamientos Generales para el Otorgamiento de Becas vigentes.

Para las dudas y aclaraciones sobre esta convocatoria deberán comunicarse a los teléfonos del Organismo: 5513286388, 5513286422 y 5513286339, en un horario de lunes a jueves de 09:00 a 18:00 horas y los días viernes de 09:00 a las 15:00 horas, o al correo electrónico becas@rtp.cdmx.gob.mx


ATENTAMENTE 

LA RED DE TRANSPORTE DE PASAJEROS DE LA CIUDAD DE MÉXICO.